ANTE-PROYECTO DE DECRETO SOBRE COGESTIÓN EN PDVSA DE LOS TRABAJADORES PETROLEROS
1. A partir de este decreto queda establecida la Cogestión de los Trabajadores Petroleros de PDVSA sobre la empresa PDVSA y en todas las empresas propiedad de PDVSA. Esta cogestión abarca todas las fases del proceso productivo: organización de los pasos de extracción, producción, almacenaje, conservación, distribución, comercio, mercadeo; planificación de qué se produce, cómo se produce, cuando se produce, cuanto se produce; criterios para los precios de compra y venta de todos los productos y materias primas.
2. Todos los libros de contabilidad, licitaciones, contrataciones, correspondencia y documentos en general, sin excepción, así como todos los almacenes y depósitos de materiales, herramientas y productos, sin excepción alguna, deben estar abiertos a los representantes de cogestión elegidos por los trabajadores.
3. Ejercerán la Cogestión todos los trabajadores de la empresa, por medio de sus representantes, cuya elección tendrá lugar en asambleas organizadas en cada cuadrilla, taller, sección, departamento, división, dependencia, intendencia, laboratorio, gerencia, etc. En cada lugar de trabajo donde los trabajadores estén supeditados a un superior, sea capataz, supervisor, intendente, administrador, director, jefe, etc. los trabajadores subordinados tendrán un representante de cogestión elegido en asamblea. Estos representantes de los trabajadores duraran 2 años en sus funciones.
4. Estos representantes de los trabajadores no dejaran de trabajar pero tendrán todas las facilidades necesarias cuando se encuentren en el desempeño de las funciones de cogestión para las cuales fueron elegidos. 5. Debe levantarse actas de la elección y serán comunicados los nombres de los elegidos al gobierno quien llevara un registro.
6. Queda prohibida la interrupción ilegal del trabajo de PDVSA por su importancia nacional, así como la modificación de su funcionamiento, sin autorización de los representantes de cogestión elegidos por los trabajadores, decidida en asamblea de trabajadores.
7. Los gerentes y los representantes elegidos por los trabajadores para ejercer la cogestión responden ante la asamblea de trabajadores y el estado del riguroso mantenimiento del orden, de la disciplina y de la protección de los bienes. Los culpables de desidia, de ocultar stocks, balances, saboteo, etc., serán castigados con la confiscación de todos sus bienes y con penas de prisión, según la gravedad de los hechos.
8. Los representantes de los trabajadores deben informar periódicamente sobre la gestión que están realizando por escrito y en asamblea de trabajadores.
9. Las asambleas de trabajadores decidiran la politica que desempeñaran sus representantes en la gestion de Pdvsa.
10. Los representantes de los trabajadores de gestion seran mayoria en los organismos de decisión (superintendencias, gerencias, etc.)
11. Los representantes de los trabajadores formaran comites de gestion a nivel local estadal y nacional
12. Los representantes de los trabajadores pueden ser revocados en el momento en que dejen de cumplir la función de cogestión para la cual fueron elegidos.
13. Los congresos de trabajadores petroleros decidiran reglas más detalladas de Cogestión, por ejemplo: planes para la diversificación de productos derivados del petróleo.